Inhabilidades - Primer semestre
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Se encuentra inhabilitado para ingresar como estudiante de pregrado a la Universidad Distrital, Artículo 11 Acuerdo 027 de 1993 del Consejo Superior Universitario (Estatuto Estudiantil), quien:
- Esté matriculado en un programa de pregrado en la Universidad Distrital y aspire a ingresar a primer semestre en otro programa de pregrado de la misma.
- Esté matriculado en un programa de pregrado en otra universidad oficial.
- Tenga título profesional universitario.
- Falsifique información o documentación presentada a la Universidad para efectos de admisión. La persona que incurra en esta falta, quedará inhabilitada para ingresar a ella durante los cinco (5) años siguientes, sin perjuicio de las acciones legales a que haya lugar.
- Sea excluido de un programa de pregrado en la Universidad, por bajo rendimiento académico. En este caso, la persona no podrá ingresar nuevamente a la Universidad por el término de un (1) año.
- Lo estipulado en el Acuerdo 006 de 2004 del Consejo Académico y demás disposiciones legales en la materia.